sábado, 1 de septiembre de 2012

LA REGLA PROPORCIONAL Y EL INFRASEGURO

Todos tenemos unos cuantos seguros en casa. Algunos hasta hemos leído el contrato y muy pocos las condiciones generales. Me atrevo a decir que la mayor parte de lo leído no lo hemos entendido. En los seguros como en cualquier otra disciplina hay un argot técnico que se le escapa al común de los mortales. Franquicia, carencia, valor a nuevo, valor parcial, in itinere, regla proporcional, infraseguro, preexistencia, etc... son parte de ese argot cargado de significado que figura en los contratos de seguros que firmamos. Muchas veces aprendemos el significado el día en el que hay que recurrir al seguro porque hemos tenido un siniestro. Puede ocurrir que al acudir el perito de la compañía al lugar del siniestro compruebe que el valor de los bienes asegurados es superior al que consta en la póliza. En este momento, el perito aplica la regla proporcional y nos dice que hay infraseguro por lo que la compañía solamente se hará cargo de una parte del siniestro. Pongo un ejemplo: Imaginemos que en nuestra casa tenemos en el contrato de seguro  asegurado el mobiliario por  10 mil euros y que el valor de lo robado asciende a 6 mil euros. El perito de la compañía acude a nuestro hogar y después de la inspección comprueba que el valor del mobiliario es de 20 mil euros. Aplica la citada regla proporcional y la compañía nos indemniza solamente 3 mil euros porque tenemos asegurado solamente la mitad del mobiliario. Leer el contrato de seguros con sus condiciones generales y particulares es muy saludable económicamente hablando. Se lo recomendamos.

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